miércoles, 22 de febrero de 2012

Condiciones que debe cumplir un Centro para escolarizar alumnado sordo.

Como ya he mencionado en otras entradas este blog se basa en mi experiencia como profesor de apoyo curricular al alumando sordo en secundaria en un centro de Andalucía y con ella la recopilación de la información útil que a lo largo de estos años em he encontrado. Una de las primeras cuestiones que me planteé cuando comencé en este trabajo era comprender de qué manera me podía acercar a este tipo de alumnos de forma correcta y  cuáles serían las condiciones más favorables para el correcto desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje de este tipo de alumnos y alumnas. 
Uno de los modelos que se defiende con el llamado proyecto bilingüe-bicultural, que posee defensores y detractores con igual fuerza, que para desarrollarlo podemos afirmar, tal y como defiende la Dra. Fernández Viader (1999), que las condiciones que un centro escolar debe cumplir para escolarizar a alumnado sordo con el objetivo de desarrollar un proyecto bilingüe-bicultural son:
1. Un Proyecto Educativo de Centro que se defina desde el principio y claramente como centro que escolariza a alumnado sordo.
2. Profesorado especialista en Educación Especial y Audición y Lenguaje o titulaciones parecidas (por ejemplo, Pedagogía Terapéutica; Logopedia;…).
3. Asesoramiento de un equipo específico de profesionales (Centros de Recursos Específicos, Servicios de Asesoramiento e Intervención Psicopedagógica, etc.). En estos equipos debe haber profesionales sordos.
4. Preparación y conocimiento por los maestros de las características específicas del alumnado sordo, sus procesos de aprendizaje, sus necesidades educativas, códigos y sistemas de comunicación que pueden utilizar y los recursos técnicos más adecuados para facilitarles el acceso al currículum.
5. Tener espacios y profesorado especializado y equipos técnicos suficientes y adecuados para posibles acciones individualizadas y/o en pequeños agrupamientos.
6. Recursos materiales y humanos para un trabajo satisfactorio en la comunicación y el lenguaje, incluidos también los medios técnicos y recursos humanos necesarios que permitan la utilización de los restos auditivos del alumnado que lo tenga.
7. Planificación interna y organización del centro que favorezca la creación de espacios de reflexión interna y de formación permanente y actualización de los profesionales del centro.
8. Participación, en el equipo del profesorado, de asesores sordos y/o profesorado sordo, especialistas en LSE y de intérpretes de Lengua de Signos.

Aceptando esto como válido desde mi opinión son condiciones que no sólo se hacen imprescindibles para crear un proyecto bilingüe en sí, si no que se convierten en razones de peso para la matriculación de cualquier alumno o alumna sordo/a en secundaria independientemente del modelo educativo que se escoja. Es este motivo el que me lleva a publicarlo en este blog.

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